viernes, 8 de mayo de 2015

Denunciando a TVE (1)

 
Les voy a dejar en este artículo y en el siguiente el texto de la denuncia que remití a la CNMC y que fue finalmente archivada. Hablo sobre el asunto en este artículo y otros anteriores.

Esta fue la Exposición de Motivos:

TVE (Televisión Española) emite en sus diversos canales películas, series de televisión, o documentales de producción propia y ajena. Estas emisiones, en las televisiones públicas de otros países están presididas por un concepto fundamental para un servicio público: el respeto integral a la obra emitida, y no son interrumpidas ni desfiguradas. En cambio, TVE, desgraciadamente, sí lo hace.

Considerando a una película o documental como una obra artística y cultural, modificarla con intereses espúreos es todo un atentado hacia ella, de la misma forma que lo sería pintar encima de una obra expuesta en el Museo del Prado, o añadir publicidad de lavadoras a un concierto de Mozart o Schubert. Hay cosas que, todos estamos de acuerdo, no ayudan a extender el respeto por la obra cultural y artística entre las gentes. Y creo que precisamente extender el respeto hacia las obras de arte y la cultura es una tarea básica de una televisión pública.

Esto, que no se exige -ni cabría hacerlo- a las televisiones privadas, es algo fundamental en ese concepto de televisión pública que se maneja en Europa y América, que es una televisión que además de cumplir aquel trío de “formar, informar y entretener” prolonga su misión integral hacia la formación de los espectadores.

Hoy en día, ni que decir tiene, el cine y otras manifestaciones audiovisuales son ya parte de nuestra cultura, y la formación de un espectador maduro, con capacidad decisoria, y que viva el respeto a la obra que disfruta, creo que es parte del deber de una televisión pública para la ciudadanía.

Y en ese aspecto creo que TVE incumple gravemente con su deber. Si bien su programación en cine y series, aunque mejorable, sigue siendo rigurosa, es el tratamiento de esas obras donde ese deber falla. En dos puntos:

1- TVE interrumpe la exhibición de las películas, series de TV y documentales que emite mediante autopromocionales insertados digitalmente sobre la propia imagen de las obras, desvirtuándolas. En ocasiones -en los documentales- estas inserciones aparecen justo sobre los textos o subtítulos de las obras emitidas, impidiendo su lectura.

2- TVE corta los títulos de crédito de todas las películas, documentales y series de TV que emite.
Estas dos actitudes son comunes, insisto, en las televisiones privadas1. En ese caso, de nuevo, nada que objetar, están en otro “escenario” de competencia comercial2. Sin embargo creo que una televisión pública debería, por definición y respeto elemental a la obra emitida, hacerlo en su integridad -sin cortar créditos- y manteniendo la obra íntegra, sin desfigurarla insertando mensajes ajenos a ella.

Creo que estas dos actitudes de TVE con los programas que emite reflejan un escaso respeto por ellos. Y eso se extiende, claro, a los espectadores. ¿Cómo esperamos formar espectadores si se desprecia a las obras emitidas de esta manera? Ese tratamiento curiosamente no lo sufren las obras “de la casa” (cuyos títulos de crédito de salida nunca son cortados, y que no son interrumpidos con autopromos -caso de series propias como “Isabel” o “Águila Roja”, esto es, las “novedades”-) ni otros productos emitidos, tales como las retransmisiones deportivas o los informativos, lo que implica un desprecio añadido a la obra audiovisual cinematográfica o documental que creo es indigno de la labor de un medio público.

¿Se emite “La Diligencia”? Se pueden cortar sus créditos y mutilarla con autopromos. ¿Una película de Fellini o Dreyer? En una de sus escenas se nos anunciará con una animación que “mañana hay nuevo episodio de 'Isabel'” o que “Esta semana, hay un gran partido de Nadal en La 2” ¿En un partido del Barça o del Madrid pasa lo mismo? No, no se interrumpen con autopromos. Creo que es intolerable este burdo desprecio a la cultura y a la integridad de la obra emitida. Salta a la vista lo dañino de estas actitudes, indignas de un medio pagado con los impuestos de los ciudadanos.

Cuando me he puesto en contacto con la Defensora del espectador de TVE he obtenido respuestas vagas y francamente indocumentadas. En el primer caso, en el año 2011, se me dijo que los créditos de salida de las películas son “tiempo muerto”. Sorprendente respuesta, pero es que el director de programación de entonces, al que se trasladó la pregunta, venía de la televisión privada, y tal vez no entendiera términos como “integridad de la obra artística” o “formación de los espectadores”.

En aquel año todavía no se había empezado a meter texto digital sobre películas, series y documentales anunciando algo especialmente destacado de la programación futura. Este año (2014) he reiterado la consulta añadiendo el problema de los autopromos insertos sobre imagen y se me ha respondido con lo mismo más o menos, añadiendo que los autopromos con imagen se han añadido, simplemente “porque otras televisiones lo hacen” y porque “la ley audiovisual no les obliga a no hacerlo” (¡!).

Habiendo denunciado a Defensor del Pueblo esta situación ante la ausencia de respuesta satisfactoria por parte del Defensor del Espectador de TVE, adjunto la respuesta de la Institución citada, tendente a la inhibición, en la que se me recomienda que proceda, de creerlo conveniente, a la denuncia, cosa que hago por vía de este documento.

En la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, se puede leer lo siguiente:

Artículo 14. El derecho a emitir mensajes publicitarios.
4. Los mensajes publicitarios en televisión deben respetar la integridad del programa en el que se inserta y de las unidades que lo conforman.
La transmisión de películas para la televisión (con exclusión de las series, los seriales y los documentales), largometrajes y programas informativos televisivos podrá ser interrumpida una vez por cada periodo previsto de treinta minutos. En el caso de los programas infantiles, la interrupción es posible una vez por cada periodo ininterrumpido previsto de treinta minutos, si el programa dura más de treinta minutos.
En función de este artículo, TVE estaría traicionando fundamentalmente la citada Ley, pues estaría insertando mensajes publicitarios -de eso se trata en el caso de las inserciones autopromocionales, no es información, sino un modo de mantener al espectador en el canal, y es por tanto un mensaje publicitario; de lo contrario las noticias de última hora, por ejemplo, se emitirían también de esa misma manera, cosa que se entiende lesiva, así que sólo se hace con los autopromocionales, que no son nada más que ganchos para que el espectador siga la oferta de TVE; el mismo término “autopromoción” o “autopromo” encierra en sí mismo el concepto publicitario básico que la define como publicidad- en el punto 1 que comento anteriormente, impidiendo la experiencia de visionado de la obra artística de los espectadores, que pagan esa emisión, en las mejores condiciones posibles, lo recuerdo, con sus impuestos.

¿Se imaginan lo mismo sobre un concierto de una orquesta sinfónica? Pues es básicamente lo mismo. Se trata de interrupciones en toda regla que impiden la lectura correcta de la obra artística, y por tanto vulneran este punto 4 del Artículo 14.

Abundando en ello, respecto al punto 2, la interrupción de créditos de películas y series causa el mismo problema, pues se elimina una parte significativa de la obra artística, que otros canales respetan sin más problema, de nuevo vulnderando el Artículo 14 citado.

El corte de créditos obedece a un criterio puramente mercantilista de la emisión televisiva que desde luego no casa, añado, con el servico que debería de ostentar una televisión pública.

Por lo que en función del Artículo 9 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, que reza:

Artículo 9. El derecho a la participación en el control de los contenidos audiovisuales.
  1. Cualquier persona física o jurídica puede solicitar a la autoridad audiovisual competente el control de la adecuación de los contenidos audiovisuales con el ordenamiento vigente o los códigos de autorregulación.
Tras todo esto esta era mi solicitud:

a) Que se inste a TVE a cesar inmediatamente de interrumpir la emisión de películas, series, documentales, etc. con autopromocionales.

b) Que se inste a TVE a no cortar los créditos de salida de películas y series de TV, al menos durante un tiempo razonable de 2 a 3 minutos, por determinar.

c) Que se proceda, de considerarse necesario, a sancionar a TVE por unas actividades que vulneran la legalidad vigente.

d) Que se asegure legalmente que estas medidas sean definitivas y pasen a ser parte de las obligaciones de TVE, independientemente de cambios directivos o de orientación comercial, al ser base de su obligación como Servicio Público, en cualquiera de sus canales.


1En el caso de los autopromos integrados sobre películas o series, ocurren en las televisiones privadas mayoritarias. En cambio, Canales como Discovery Max, Canal de Historia, Calle13, Sci-Fi, TCM, Hollywood, MGM, National Geographic, MTV, Divinity, AXN, Boing, Disney Channel, y un largo etcétera de canales de TDT, en abierto y de cable comerciales españoles emiten sus programas respetando los créditos y sin insertar autopromos en el metraje.
2Esto, no obstante, sería discutible porque, en cualquier caso, esas televisiones comerciales están utilizando en régimen de concesión un bien público, como es una frecuencia radioeléctrica, y ello debería de impicar una serie de obligaciones, peso sería otro asunto que se escapa a este escrito de denuncia.

El logo de la 1 de TVE lo he encontrado en Wikimedia Commons.

A peculiar galaxy near M104

Publicado en Revista Mexicana de Astronomía y Astrofísica, Vol. 59, número 2. P.327. Este es el link.